Igualdad se escribe con ‘I’ mayúscula
Excepción hecha del derecho a la vida, probablemente sea el derecho a la igualdad entre mujeres y hombres el segundo de los derechos humanos que debería ser más mundialmente reconocido y, sobre todo, respetado.
No solo por el hecho de que más del 50% de la población mundial sean mujeres, sino porque todos tenemos o hemos tenido una madre y dos abuelas y, en no pocas ocasiones, hermanas, hijas o nietas. Nadie mejor que esas mujeres, o que esos varones que sienten los derechos de ellas como propios para, precisamente, entender que el no respeto de estos derechos es una de las injusticias más grandes de nuestra sociedad.
Desgraciadamente las realidades en los distintos países de nuestro planeta no son los mismos. Si hoy en España nos preocupamos por el empoderamiento de mujeres y niñas, por su presencia en los consejos de administración de las grandes empresas, por una representación política acorde al porcentaje de ciudadanía que representan o por un aumento de la escolaridad en las carreras STEM, en no pocos países su lucha sigue siendo por llegar a final de mes, por llevarse algo a la boca, escapar de la trata o la ablación y, otras muchas penurias que parecen de otro tiempo.
Pero es fundamental que no tomemos estas distancias por el típico “España lo hace bien” o el “nuestra sensibilización en materia de igualdad está fuera de toda duda”; ello nos podría llevar a levantar los brazos, a pensar que ya hemos llegado a la meta y a dejar de ocuparnos por una igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres que hoy, en la España del siglo XXI, sigue sin ser una realidad.
Si echamos una mirada retrospectiva, cuatro serían los textos normativos que, a mi juicio, han marcado los grandes desarrollos en materia de igualdad en los últimos 15 años:
- Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
- Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
A lo largo de mi experiencia en el Gabinete de la Secretaría de Estado de Igualdad, de la mano de tres Gobiernos de distinto signo político (Partido Popular, PSOE y Podemos), he vivido en primera persona los dos grandes avances en materia de igualdad de la última década: el Pacto de Estado y el RD de Igualdad.
Pacto de Estado contra la Violencia de Género: compromiso de un país
Quizá no somos conscientes, pero el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, que a día de hoy es un referente indiscutible en el ámbito internacional, es uno de los pocos Pactos de la historia de nuestra democracia. Pactos de la Moncloa, de Toledo, Antiterrorista o el non nato para la reforma de la Justicia, son los restantes Pactos que se unen al de la Violencia de Género.
Con los votos favorables de todas las formaciones políticas, sin excepción, en el Senado y, sin ningún voto en contra en el Congreso, el Pacto contra la Violencia de Género inició siendo un Pacto político. Al poco, el Pacto se transformó en territorial, pues contó con la adhesión de todas las comunidades autónomas y la FEMP y pasó a convertirse en social, pues fue completado y ratificado por los principales agentes sociales que se preocupan y se ocupan por la materia a nivel nacional.
La violencia contra las mujeres, que es la manifestación más grave y deleznable de esa falta de igualdad, demostró que el consenso, el acuerdo y la puesta en común es posible cuando existe voluntad.
El Pacto, que implica la unión de un gran número de instituciones, organizaciones y personas expertas en la formulación de medidas para la erradicación de la violencia sobre las mujeres, constituye a día de hoy uno de los mayores éxitos de la historia de nuestra democracia.
La violencia contra las mujeres, que es la manifestación más grave y deleznable de esa falta de igualdad, demostró que el consenso, el acuerdo y la puesta en común es posible cuando existe voluntad.
Real Decreto de Igualdad: avances por la igualdad
Marzo de 2019 nos trajo un nuevo avance en materia de igualdad. El Real Decreto, que bebió de sendos proyectos parlamentarios de Ciudadanos y Unidas Podemos, introdujo, además de cambios en la terminología (el concepto de “prestación por maternidad” cambia su denominación por “prestación por nacimiento y cuidado del menor”, o el término “paternidad” que se modifica por el de “corresponsabilidad en el cuidado del lactante”), tres importantes avances.
- La equiparación a dieciséis semanas de los permisos por nacimiento y cuidado del menor para ambos progenitores (en vigor desde el 1 de enero de 2021)
- La obligatoriedad de elaborar planes de igualdad para las empresas de más de cincuenta trabajadores (superando la obligatoriedad que establecía la ley 3/2007 solo para las empresas de más de 250 trabajadores).
- La obligatoriedad de establecer un registro salarial que vele por el “trabajo de igual valor” entre mujeres y hombres.
Estos avances sin paliativos estaban pendientes de desarrollo normativo. Los recientes Reales Decretos de 13 de octubre: el Real Decreto 901/2020, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y el Real Decreto 902/2020, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, constituyen el corolario actualizado al texto pasado.
Sigamos avanzando, pensemos en grande como nos dijese Ortega y parafraseemos a nuestro exsecretario general de las Naciones Unidas, Kofi Annan, quien sostenía que la igualdad de género es la condición previa de nuestra sociedad para reducir la pobreza, promover el desarrollo sostenible o construir el “buen gobierno”. La Agenda 2030 marca en su ODS número 5 dicho objetivo: avancemos juntos.