Accesibilidad universal, clave para garantizar la inclusión laboral de personas con discapacidad

La accesibilidad universal es la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos, instrumentos, herramientas y dispositivos para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible.

Así lo recoge la legislación española en la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, cumpliendo con lo establecido en la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad. Esta insta a los Estados firmantes a reconocer la importancia de la accesibilidad al entorno físico, social, económico y cultural, a la salud y la educación y a la información y las comunicaciones, para que las personas con discapacidad puedan gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales. Y uno de estos derechos es el derecho al trabajo.

En este contexto, debemos entender que la accesibilidad es un elemento imprescindible para garantizar la inclusión de las personas con discapacidad en todas las esferas de la vida pública y privada y, por supuesto, también en la laboral. Pero ¿de qué hablamos exactamente cuándo nos referimos a la accesibilidad en este ámbito?

Cuando hablamos de accesibilidad, lo primero en lo que pensamos es en las barreras arquitectónicas, como escaleras o baños sin adaptar, pero esto es solo la punta del iceberg. Porque la verdadera accesibilidad comienza antes y tiene un recorrido mucho más largo.

En primer lugar, esta implica que sea el entorno de trabajo el que se adapte a la persona con discapacidad y no al revés. Es por ello por lo que las medidas que se tomen deben ser específicas para cada caso y responder a las necesidades de cada uno de los trabajadores. Y es que no será lo mismo lo que pueda necesitar una persona con discapacidad visual, que una que sea usuaria de silla de ruedas o que aquella con discapacidad intelectual.

También forma parte de ella la accesibilidad al empleo, que implica tanto garantizar que las personas con discapacidad no sufran ningún tipo de discriminación, como que este se fomente mediante la reserva de un porcentaje de plazas para este colectivo, ya sea en el sector público o en las grandes empresas.

Pero, además, en esta misma línea, la accesibilidad también se refiere a la necesaria puesta en marcha de programas de formación y sensibilización que favorezcan una mayor y mejor inclusión de las personas con discapacidad en el entorno laboral.


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Asimismo, implica que se realicen los ajustes necesarios para que la persona con discapacidad pueda realizar su trabajo en igualdad de condiciones. Estos ajustes no sólo pasan por la adaptación del mobiliario o la instalación de alarmas visuales y sonoras, que también, sino que engloban otras medidas como la flexibilización de horarios para visitas médicas.

En definitiva, la accesibilidad en el entorno laboral se refiere a todo aquello que contribuya a que las personas con discapacidad puedan ejercer plenamente su derecho al trabajo, en igualdad de condiciones y sin sufrir ningún tipo de discriminación.

También en materia de accesibilidad es necesario destacar la reciente Directiva europea 2019/8821, que armoniza los criterios de accesibilidad de productos y servicios para contribuir a su libre circulación en la Unión Europea y al funcionamiento del mercado interior.

Sabemos con certeza el poder que tiene la accesibilidad para que, como sociedad, podamos seguir recorriendo este camino sin retorno que nos llevará hasta la plena inclusión de las personas con discapacidad en todos los ámbitos de la vida. Nosotros, en Fundación Randstad, llevamos 20 años trabajando para ello y no podemos estar sino orgullosos de todos los avances logrados.

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