Fundaciones públicas o cómo eludir la ley

HAZ1 octubre 2009

El pasado mes de junio, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) emitió una sentencia que declaró contrario a derecho una orden del gobierno andaluz que permitía al personal laboral de una fundación pública asumir tareas que son exclusivas de los funcionarios.

El Tribunal acusó a la Junta de Andalucía de crear una «administración paralela» a sus propias consejerías y organismos autónomos, de acuerdo con el Sindicato Andaluz de Funcionarios. Esos usos –según el sindicato– suponen un «descarado engorde de la administración paralela, creada por la Junta de Andalucía con la excusa de agilizar los trámites cuando, en realidad, se está gestionando el dinero público con los menores controles posibles, al igual que la contratación digital de personal».

Hace tiempo, ya propusimos desde las páginas de CE que se elaborase un índice de corrupción de las administraciones regionales en función del número de fundaciones públicas existentes por habitante.

Resulta un tanto penoso que una figura jurídica como la fundación haya terminado siendo instrumentalizada por el Estado para eludir el cumplimiento de la ley. La incompetencia y burocracia de los organismos de la administración pública no se corrige mediante figuras jurídicas cuya naturaleza responde a otras finalidades. Al final, no se trata sólo de que la administración pública se esté sustrayendo al control de la ley mediante la figura jurídica de las fundaciones, sino que está trasladando a todo el sector fundacional su burocracia e incompetencia.

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