Administrar la acción desinteresada

Nadie obliga a la empresa a constituir una fundación, como nadie puede forzar a una persona a realizar un donativo. Se trata de un acto libre, probablemente el más libre de todos los actos, porque no es debido sino libremente asumido. ¿Por qué la gente dona? Es un misterio, un maravilloso misterio, que hace que la vida resulte un poco menos prosaica para todos.

En el mundo de la política y en el de la economía, que tienen cierta tendencia a colonizar todos los ámbitos de nuestra vida, no se suele aceptar de buen grado la existencia de las acciones desinteresadas.

Sus representantes están convencidos de que la conducta humana se guía, casi exclusivamente, por motivaciones basadas en la contraprestación. Como la explicación de los actos de liberalidad escapa a su tosca imaginación, intentan, sin éxito, forzar su naturaleza justificándolos en función de diferentes motivos: la mejora de la reputación o las ventajas económicas derivadas de determinados exenciones fiscales. No terminan de comprender cómo es posible dar sin esperar nada a cambio.

Pero la sociedad sí comprende y estima mucho los actos de generosidad, y como no quiere que desaparezcan de nuestras vidas, los blinda rodeándolos de ciertas garantías. Una de esas medidas es la creación de una estructura jurídica ad-hoc (fundación) que protege la voluntad y los recursos del donante para que pervivan a lo largo del tiempo.

Otra manera de amparar la acción desinteresada es no gravándola fiscalmente. Los impuestos son un mecanismo de recaudación con el fin de redistribuir la riqueza e impulsar fines de interés general, y no tendría sentido gravar las donaciones de particulares o las actividades de las fundaciones que, por definición, se realizan para impulsar el bien común.

El último aval que establece la sociedad para incentivar las acciones desinteresadas es la prohibición de repartir el posible excedente económico entre los patronos y directivos de las fundaciones. Se trata así de impedir que las decisiones en estas organizaciones estén motivadas por el afán de lucro de sus directivos y no por el cumplimiento de la misión.

Y, para administrar y proteger esos actos de generosidad, las fundaciones cuentan con un órgano de gobierno que se denomina patronato o junta directiva. Se trata de una labor muy importante. Es difícil concebir una actividad más noble. Lo que la sociedad confía a las fundaciones tiene enorme relevancia: educar nuestras mentes, procurarnos la salud física o espiritual, canalizar nuestras buenas intenciones, etc. Las expectativas que la sociedad tiene puestas en estas organizaciones son muy grandes, precisamente porque administran bienes de mucho valor.

Entender, pues, la naturaleza de las fundaciones y lo que se les “confía” es la condición previa para comprender esa mayor exigencia de transparencia y buen gobierno que tienen. Por tanto, la primera responsabilidad del patronato supone tomar conciencia sobre la importante labor que se le encomienda. Y, la segunda, rendir cuentas a la sociedad de los aspectos más relevantes relacionados con el cumplimiento de la misma.

"La primera responsabilidad del patronato supone tomar conciencia sobre la importante labor que se le encomienda. Y, la segunda, rendir cuentas a la sociedad de los aspectos más relevantes relacionados con el cumplimiento de la misma"

El análisis de este informe de transparencia y buen gobierno revela que los órganos de gobierno de las fundaciones están todavía muy lejos de entender y cumplir la alta responsabilidad que se les ha confiado. La mayoría de las fundaciones analizadas siguen contando con patronatos decorativos que, en el mejor de los casos, se limitan a cumplir funciones puramente representativas. Esta es la realidad y cuanto antes se reconozca, antes se podrán aplicar los remedios oportunos para corregirla.

No podemos seguir con fundaciones sin una misión clara y explícita. No podemos continuar con patronatos que eluden la evaluación periódica de su trabajo. No podemos mantener patronatos uniformes y monocordes que impiden la oportunidad de enriquecerse con opiniones diversas y plurales. No podemos rebajar la obligación de rendir cuentas, transparentes y claras, sobre el destino de los fondos que nos han confiado.

Las anteriores exigencias son aplicables en mayor grado a las fundaciones empresariales que, por sus vínculos con la empresa fundadora, corren el riesgo de instrumentalizar la acción desinteresada en favor de los objetivos de la compañía.

Resulta urgente recordar que una fundación empresarial no forma parte de la empresa, aunque haya sido constituida por la misma. Se trata de una entidad autónoma, que se ha creado para impulsar fines de interés general. No es un apéndice de la empresa. Es una realidad nueva que se rige por reglas completamente diferentes.

¿Quiere eso decir que las actividades de la fundación deben ser ajenas a la actividad empresarial? No. Lo que se afirma es que la prioridad de los objetivos, en el caso de una fundación empresarial, viene determinada por la fundación no por la empresa. Dicho de otra manera. En el modelo de relación entre la fundación empresarial y la empresa fundadora es la segunda la que tiene un carácter instrumental, no la primera. Es la empresa la que debe apoyar los fines de interés general de su fundación, no la fundación la que debe servir para reforzar los objetivos empresariales.

"Es la empresa la que debe apoyar los fines de interés general de su fundación y no la fundación la que debe servir para reforzar los objetivos empresariales"

Como hemos señalado anteriormente, nadie obliga a una empresa a constituir una fundación, pero si la crea debe someterse a sus reglas, no tratar de imponer las suyas. La empresa cuenta con otras alternativas, además de la fundación, para impulsar su compromiso con la sociedad.

Si lo que se persigue es el control de las decisiones, que las actividades estén completamente alineadas con los objetivos de la empresa y medir los beneficios que generan para la misma, la fundación no es la mejor opción (resulta muy cuestionable que la actividad de elaboración de informes relacionados con la actividad empresarial de la empresa fundadora pueda considerarse un fin de interés general, como ocurre en algunas fundaciones del sector de servicios profesionales). Si lo que se pretende es comprometerse a largo plazo con la solución de algún problema aportando diferentes capacidades y recursos y compartiendo el gobierno con personas externas que ayuden a reforzar la misión, la creación de una fundación puede ser una alternativa eficaz.

Crear una fundación implica siempre compartir la soberanía con terceros. Este equilibrio nunca es sencillo. Y, ciertamente, conseguirlo resulta casi imposible si las fundaciones empresariales ignoran las prácticas de transparencia y buen gobierno que se describen con detalle en el informe Construir confianza 2016. Estamos convencidos que la lectura del mismo servirá para reflexionar y reforzar su compromiso con la sociedad.

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