¿Cómo y quién va a auditar la información no financiera?

La nueva Ley de Información no financiera plantea una serie de dudas, entre las que se encuentra de qué manera se van a auditar esos nuevos datos y quién lo va a hacer y/o aprovechar.
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Begoña Morales6 febrero 2019

La información incluida en el estado de información no financiera será verificada por un prestador independiente de servicios de verificación”.

“Los auditores de cuentas y las sociedades de auditoría de cuentas únicamente deben comprobar que se haya facilitado el estado de información no financiera en los informes correspondientes”.

Estos son los únicos textos incluidos en la Ley de Información no financiera (Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad) que hacen referencia a la verificación de la información no financiera que esta ley obliga a publicar a las empresas de determinado tamaño en sus informes de gestión consolidados.

La ley traspone la Directiva 2014/95/UE, cuyo espíritu es promover el comportamiento responsable de las empresas en la gestión de su impacto social y ambiental. Ambas regulaciones especifican los temas mínimos sobre los que las empresas deben rendir cuentas: cuestiones medioambientales, relativas al personal, a la diversidad, al respeto de los derechos humanos y a la lucha contra la corrupción y el soborno.

Si lo leemos del tirón, quizás no seamos conscientes de la trascendencia de cada uno de estos epígrafes y la complejidad y riesgo que suponen para determinados sectores de actividad.

Pongamos el ejemplo de los derechos humanos en las cadenas de suministro. En Reino Unido solo este tema tiene una regulación específica, el Modern Slavery Act, que nació en 2015 para combatir la esclavitud moderna y obliga a las empresas a reportar cómo realizan el proceso de debida diligencia para asegurar que identifican y gestionan los riesgos de vulnerar los derechos humanos en las cadenas de suministro globales.

Las empresas líderes en la gestión responsable de los derechos humanos, como Unilever o Mark&Spencer, reconocen la complejidad de esta tarea y la necesidad de apoyarse en expertos externos, normalmente organizaciones de la sociedad civil, para realizar los procesos de debida diligencia e identificación y gestión de impactos.

Las cuestiones ambientales, por otra parte, requieren un conocimiento técnico de temas como el cálculo de la huella de carbono, que abarca desde la medición de consumos o la conversión de unidades de medida hasta la aplicación de factores de emisión.

A pesar de esta complejidad, desde que se publicó la ley, han proliferado las empresas que están ofreciendo servicios relacionados con la elaboración reportes no financieros y algunas incluso proponen también los servicios de verificación. Otras ofrecen plataformas que “resuelven el problema en modo cloud” de forma casi automática evitando a la empresa el “engorro” de tener que acumular toda esta información en sus sistemas.

A pesar de la complejidad, desde que se publicó la ley, han proliferado las empresas que ofrecen servicios de elaboración reportes no financieros y algunas incluso proponen también los servicios de verificación.

Por otra parte, nadie parece tener muy claro lo que significa prestador independiente de servicios de verificación”, ni si existe incompatibilidad con ser prestador de servicios para la elaboración del informe no financiero como ocurre con la información financiera.

Esto me trae a la cabeza el debate que teníamos hace unos años en el grupo de trabajo del IIRC (International Integrated Reporting Council) sobre el nombre: Información no financiera. Algunos opinaban que la palabra no era muestra de la poca importancia que representaba para la empresa y opinaban que debía decirse extrafinanciera o incluso no discriminar y hablar de información corporativa incluyendo la financiera y la no financiera.

La poca relevancia que se le presta a la credibilidad de esta información no financiera parece dar la razón a esta teoría y más aún, podría estar fomentando la generación de un nuevo negocio de empresas que realicen, verifiquen y vuelvan a realizar informes no financieros año tras año sin casi pasar a visitar a la empresa.

Creo que la Directiva de Información no financiera nace como respuesta a los abusos ambientales y sociales de muchas empresas y en su espíritu está el impulsar un desarrollo responsable y sostenible. En ningún caso nace para generar otro negocio más basado en preparar políticas y datos para superar los check-list del regulador.

Las empresas tienen una oportunidad de aprovechar esta ley para revisar sus procesos y generar cambio positivo en su forma de abordar el impacto social y ambiental que generan. Hacerlo bien puede generar oportunidades, desde la innovación en productos con criterios de economía circular hasta la generación de nueva base de clientes mediante el desarrollo de comunidades locales desde la cadena de suministro.

La visión a largo plazo pasa por enfocarse en el espíritu de la ley y no en las debilidades de esta.

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