Se avecinan cambios en el reporte de sostenibilidad

En el campo de la sostenibilidad vivimos en un continuo cambio, se proponen nuevas iniciativas y en poco tiempo se van cambiando y transformando para que se adapten mejor a la realidad en la que vivimos.

Un ejemplo de ello es la propuesta de Directiva sobre la presentación de informes de sostenibilidad de las empresas (CSRD), que modificaría los actuales requisitos de información en virtud de la Directiva sobre información no financiera (NFRD) y trataría de garantizar que las empresas proporcionen información coherente y comparable sobre sostenibilidad.

Otros ejemplos muy recientes de cambios e iniciativas han sido el Acto Delegado de la UE sobre la taxonomía del clima, cuyo objetivo es identificar las actividades económicas que mejor contribuyen a la mitigación y adaptación al cambio climático, y los seis actos delegados sobre deberes fiduciarios, inversiones y asesoramiento en materia de seguros, que persiguen garantizar que las empresas financieras incluyan la sostenibilidad en sus procedimientos y en el asesoramiento sobre inversiones a sus clientes.

La taxonomía climática tiene por objeto apoyar las inversiones sostenibles mediante la definición de criterios técnicos de selección para la información exigida por el Reglamento sobre la taxonomía de la UE y, a día de hoy, todavía supone una gran confusión para muchas empresas, pero en este artículo no vamos a entrar en ella y nos vamos a centrar en la Directiva sobre informes de sostenibilidad.

Del NFRD al CSRD, o de lo no financiero a la sostenibilidad

Después de un tiempo en funcionamiento de la Directiva sobre la presentación de informes de sostenibilidad de las empresas (CSRD), que en España nos ha traído los Estados de Información No Financiera (EINF), la Comisión Europea ha llegado a la conclusión de que la información que se proporciona no es la que inversores y grupos de interés necesitan.

Concretamente, en el informe del Grupo Consultivo Europeo sobre Información Financiera (EFRAG), titulado Proposals for a relevant and dynamic EU sustainability reporting standard-setting, publicado en febrero, se destaca que las directrices conceptuales para definir las características necesarias de la información sobre sostenibilidad comunicada deben ser relevancia, representación fiel, comparabilidad, comprensibilidad y fiabilidad/verificabilidad.

Parte de esa falta de encaje entre las necesidades de información de los stakeholders y lo que las empresas reportan se solucionaría si las empresas tuvieran que ceñirse a un mismo marco de reporte y no utilizaran, como hasta ahora, el que cada una considere conveniente.

Es por ello que la nueva Directiva buscará establecer unas normas de reporte y un marco concreto que ayude además a conseguir el cumplimiento del Pacto Verde o Green Deal.

En ese sentido, destaca el cambio de la denominación de la Directiva, que pasa de usar la referencia a lo “no financiero” al término de “sostenibilidad”, con la idea de no diferenciar aquello que es financiero de lo que no lo es.

El término sostenibilidad es mucho más amplio y su uso se refiere no solo a la sostenibilidad de la empresa como tal y en su conjunto, sino también a su impacto en el planeta. Además, bajo mi punto de vista y de cara a los grupos de interés, es más clarificador usar la palabra sostenibilidad que referirse a algo como “no financiero” a secas.

A nivel europeo, casi 50.000 empresas tendrán que seguir unas normas detalladas de información sobre sostenibilidad, frente a las 11.000 empresas actuales.

Cambios esperados y necesarios

Uno de los principales cambios que traerá la NFRD será el relativo a cuántas empresas estarán obligadas a reportar sobre su sostenibilidad.

Respecto a la actual normativa, la Directiva ampliará el alcance de la información sobre cuestiones de sostenibilidad a todas las grandes empresas privadas y a todas las empresas que cotizan en mercados regulados de la UE (eliminando el umbral de empleados, pero excluyendo a las microempresas cotizadas).

Ello supondrá que, a nivel europeo, casi 50.000 empresas tendrán que seguir unas normas detalladas de información sobre sostenibilidad, frente a las 11.000 empresas actuales.

Como ya se ha comentado, se deberá establecer un marco de reporte que será desarrollado por el EFRAG en colaboración con las iniciativas internacionales pertinentes. Se prevé que el primer proyecto de normas sea adoptado en octubre de 2022.

Otra de las quejas existentes sobre los actuales informes referente a su comparabilidad, debería quedar solucionada con exigencia a las empresas de que etiqueten digitalmente la información que presenten en sus reportes, de manera que sea legible por máquinas y pueda ser incorporada al punto de acceso único europeo previsto en el Plan de Acción de la Unión de Mercados de Capitales que tendrá una propuesta por parte de la Comisión Europea a finales de 2021.

En cuanto a la materialidad, la nueva Directiva requerirá aplicar un doble enfoque de materialidad, obligando a las empresas a informar tanto sobre cómo los asuntos de sostenibilidad afectan a la empresa como sobre los impactos externos de las actividades de la empresa sobre las personas y el medio ambiente.

La Directiva también introducirá una obligación de garantizar la información de sostenibilidad, en las fases iniciales de aplicación de una manera limitada, pero que debería ampliarse progresivamente de manera que dicha obligación de garantía llegue a tener un nivel parecido al de la información financiera. Este tipo de garantía podría ser realizada por auditores distintos a los que garantizan la información financiera.

La Directiva quiere reconocer la importancia de los intangibles, unos intangibles que no se reflejan en los informes financieros y que son fundamentales para el desarrollo de las empresas y sus procesos de creación de valor sostenible.

El concepto de proporcionalidad también será revisado, debido a que los actuales requerimientos en los estados de información no financiera no están adaptados a las necesidades y capacidades de las pequeñas y medianas empresas. Por ello, la Directiva tendrá que adoptar un enfoque proporcionado y adaptado a las pymes de la UE, equilibrando la gobernanza, la organización y los recursos específicos de esas empresas y la necesidad de que la información sobre sostenibilidad producida por ellas sea relevante para sus partes interesadas (en particular para su cadena de valor y las instituciones financieras).

La Directiva también quiere reconocer la importancia de los intangibles en los informes de sostenibilidad. Unos intangibles que no se reflejan en los informes financieros y que son fundamentales para el desarrollo de las empresas y sus procesos de creación de valor sostenible. Por esa razón, este tipo de activos se deberán considerar como una dimensión clave del desarrollo empresarial sostenible y, por tanto, de la elaboración de estos informes.

¿Cuándo entrará en vigor esta Directiva?

El texto definitivo de la CSRD ha de ser todavía negociado por el Parlamento Europeo y los Estados miembros en el Consejo. Paralelamente a esto, el Grupo Consultivo Europeo sobre Información Financiera debe trabajar un primer conjunto de proyectos de normas de información sobre sostenibilidad de la UE.

Se estima, según el calendario de la Comisión Europea, que las empresas deberían publicar sus primeros informes bajo esta Directiva en 2024, haciendo referencia al año anterior.

Tal y como comentaba al inicio del artículo, vivimos en tiempos de cambios rápidos en estos temas de sostenibilidad, principalmente porque son aún demasiado recientes en cuanto a su aplicación obligatoria en las empresas.

Debido a esa relativa novedad, estos cambios deben ser implementados y después revisados de manera periódica para lograr que sean útiles y respondan a las necesidades de los grupos de interés, siempre con el objetivo final de contribuir a un mundo más sostenible para todos.

Así que, como es lógico, es de esperar que esta Directiva acabe teniendo aún más actualizaciones en el futuro de cara a su completa adaptación a la realidad europea y a las necesidades de reporte corporativo en constante evolución.

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